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Una de las prioridades políticas del Gobierno Federal es el respeto, la vigencia y la promoción de los derechos humanos en todo el mundo. Conjuntamente con sus socios de la UE, lucha por el cumplimiento y desarrollo de los estándares de derechos humanos. Lo hace en estrecha cooperación con las instituciones de la ONU, en especial la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH) en Ginebra. La política alemana en materia de derechos humanos tiene una clara meta: proteger de violaciones de los derechos fundamentales y libertades básicas y crear condiciones sólidas para acabar con la represión, abusos, arbitrariedades y explotación. Este mandato se deriva de la propia Constitución, cuyo Artículo 1 proclama que los derechos humanos son el fundamento de toda comunidad humana, la paz y la justicia en el mundo.
El Estado federal alemán es un estructura compleja. Está compuesto por el Estado central –la Federación (Bund)– y los dieciséis Estados Federados (Länder). La Ley Fundamental fija en un detallado orden de competencias qué materias corresponden a la Federación y cuáles a los Länder. La vida pública de Alemania se basa fundamentalmente en las leyes federales. En cambio, de conformidad con el principio de subsidiariedad, la ciudadanía prácticamente solo entra en contacto con autoridades de los Estados Federados o administraciones locales. La razón de ello es que en la Ley Fundamental se trata de combinar las ventajas del Estado unitario con las del Estado federal. Los ciudadanos de otros Estados federales tienen mucho más a menudo que en Alemania que tratar con representantes de las autoridades federales.
La Ley Fundamental exige la equiparabilidad de las condiciones de vida en el conjunto del país. Estas vienen determinadas esencialmente por la política económica y la política social. El régimen de financiación alemán reconoce a los Estados Federados un notable margen de maniobra. Todos los impuestos que generan ingresos sustanciosos para las arcas públicas se regulan mediante leyes federales, las cuales, no obstante, requieren la aprobación del Bundesrat, la cámara de representación territorial. Una parte de esos impuestos se destina exclusivamente a la Federación o a los Estados Federados, en tanto que otros, incluidos los impuestos de mayor recaudación, se reparten entre la Federación y los Estados Federados. En este sentido el Estado federal alemán se asemeja a un Estado unitario. Sin embargo, los Estados Federados controlan gran parte de la capacidad administrativa del Estado como un todo. En la administración alemana prevalecen pues los elementos federalistas. Las administraciones de los Estados Federados por una parte aplican sus respectivas leyes propias, pero además ejecutan la mayor parte de las leyes federales. Debido al cúmulo de funciones transferidas por la Federación a los Estados Federados, en el pasado muchos Estados Federados se vieron obligados a endeudarse fuertemente. En 2009 se aprobó una modificación constitucional que les prohíbe tomar nuevos créditos a partir de 2020 y fija el tope de déficit público autorizado para la Federación en el 0,35 % del producto interior bruto a partir de 2016, salvo en situaciones de crisis económica.
Los Estados Federados tienen competencia exclusiva en tres materias de alcance para el conjunto del Estado, a saber, la educación escolar y la enseñanza superior, la seguridad interna, incluidas las funciones de policía, y el autogobierno municipal. Los Estados Federados encuentran en los amplios derechos de participación del Bundesrat una compensación frente a la primacía de la Federación en términos de legislación.
El Canciller Federal y los ministros federales componen el Gobierno Federal (Gabinete). El Canciller (Jefe de Gobierno) fija las líneas maestras de la política, en tanto que los ministros dirigen sus carteras independientemente y en consonancia con dichas directrices. En virtud del principio de colegialidad, en el seno del Gobierno Federal los asuntos litigiosos se resuelven por acuerdo de la mayoría. El Canciller dirige los asuntos de gobierno.
La Ley Fundamental somete al legislador y la administración al orden constitucional y sus normas y al resto del ordenamiento jurídico. Los derechos fundamentales reconocidos en el Título I tienen eficacia directa. El Artículo 1 erige en bien supremo del orden constitucional el respeto de la dignidad humana: “La dignidad del ser humano es intangible.” La Constitución establece que Alemania es un Estado de Derecho, lo cual implica, junto al imperio de la ley, la separación de poderes, la vigencia de los derechos fundamentales y la legalidad de la administración, que todos los actos de los poderes públicos están sometidos al control judicial. También tiene rango constitucional el principio del Estado federal, en virtud del cual las competencias se distribuyen entre el Estado central y los Estados miembros. Por último, la Ley Fundamental define a Alemania como Estado social, principio del cual se deriva la exigencia de que los poderes públicos adopten previsiones para que los ciudadanos tengan garantizado un sustento digno en caso de desempleo, discapacidad o enfermedad y en la vejez. Una peculiaridad de la Ley Fundamental estriba en el denominado “carácter inmutable” o perpetuo de estos principios constitucionales esenciales. Los derechos fundamentales, la forma de gobierno democrático, el Estado federal y el Estado social no son susceptibles de desvirtuarse ni alterarse mediante ulteriores reformas o modificaciones constitucionales ni tampoco a través de una Constitución íntegramente nueva.