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La Ley Fundamental (Constitución) de la República Federal de Alemania no prescribe un modelo económico determinado, pero excluye una economía de mercado pura en cuanto que establece el principio del Estado social. Desde la fundación de la República en 1949 la economía social de mercado constituye la pauta y guía de la política económica alemana. Fue concebida y llevada a la práctica por Ludwig Erhard, el primer Ministro Federal de Economía y posteriormente también Canciller Federal. Se basa en el principio de la libertad de mercado, conjugada con mecanismos correctores de inspiración social. Por una parte permite el libre juego de las fuerzas del mercado y por otra obliga al Estado a garantizar la existencia de una red social que asegure las contingencias objeto de protección.
El euro es la moneda de la Unión Monetaria Europea y la segunda divisa más importante del sistema monetario mundial, por detras del dólar estadounidense. La responsabilidad de la política monetaria aplicable al euro como moneda única corresponde al Banco Central Europeo (BCE), con sede en Fráncfort del Meno, y los bancos centrales nacionales. El euro es la moneda de curso legal en 20 de los 27 Estados miembros de la UE. Fue puesto en circulación en la “Eurozona”, a la que también pertenece Alemania, el 1 de enero de 2002; con anterioridad, desde 1999, se venía utilizando como medio de pago contable.
El Canciller Federal y los ministros federales componen el Gobierno Federal (Gabinete). El Canciller (Jefe de Gobierno) fija las líneas maestras de la política, en tanto que los ministros dirigen sus carteras independientemente y en consonancia con dichas directrices. En virtud del principio de colegialidad, en el seno del Gobierno Federal los asuntos litigiosos se resuelven por acuerdo de la mayoría. El Canciller dirige los asuntos de gobierno.
La Ley Fundamental somete al legislador y la administración al orden constitucional y sus normas y al resto del ordenamiento jurídico. Los derechos fundamentales reconocidos en el Título I tienen eficacia directa. El Artículo 1 erige en bien supremo del orden constitucional el respeto de la dignidad humana: “La dignidad del ser humano es intangible.” La Constitución establece que Alemania es un Estado de Derecho, lo cual implica, junto al imperio de la ley, la separación de poderes, la vigencia de los derechos fundamentales y la legalidad de la administración, que todos los actos de los poderes públicos están sometidos al control judicial. También tiene rango constitucional el principio del Estado federal, en virtud del cual las competencias se distribuyen entre el Estado central y los Estados miembros. Por último, la Ley Fundamental define a Alemania como Estado social, principio del cual se deriva la exigencia de que los poderes públicos adopten previsiones para que los ciudadanos tengan garantizado un sustento digno en caso de desempleo, discapacidad o enfermedad y en la vejez. Una peculiaridad de la Ley Fundamental estriba en el denominado “carácter inmutable” o perpetuo de estos principios constitucionales esenciales. Los derechos fundamentales, la forma de gobierno democrático, el Estado federal y el Estado social no son susceptibles de desvirtuarse ni alterarse mediante ulteriores reformas o modificaciones constitucionales ni tampoco a través de una Constitución íntegramente nueva.
En Alemania hay alrededor de 48.000 especies animales y unas 24.000 especies de plantas superiores, musgos, hongos, líquenes y algas. La protección de la naturaleza está consagrada como objetivo oficial del Estado desde 1994 (artículo 20a de la Ley Fundamental). Existen miles de áreas protegidas, 16 parques nacionales y 16 reservas de biosfera de la UNESCO. Además, Alemania es Estado Parte de los principales acuerdos internacionales y participa en casi 30 convenios y programas interestatales de protección de la naturaleza. Las superficies de cultivo ecológico siguen en aumento en Alemania: en 2021 representaron el 9,6% del total. A mediano plazo está previsto que lleguen al 20 %.